Cuando queremos reformar una casa, no sabemos muy bien por dónde empezar, y una de las primeras preguntas que nos hacemos antes de iniciar la reforma de nuestra vivienda es: ¿Es obligatorio realizar una solicitud de licencia de obras al Ayuntamiento? ¿Qué tipo de permiso de obra debe solicitarse para reformar una vivienda? La respuesta es sencilla: habrá que solicitar o no una licencia dependiendo de los trabajos que se vayan a ejecutar en la casa.

Antes de reformar el domicilio, debemos tener en cuenta que las obras en Madrid se clasifican en tres grupos:

Obras sin necesidad de licencias urbanísticas

Son pequeñas reparaciones que se hacen en las casas, como por ejemplo: pintar, cambiar el alicatado, renovar los muebles de la cocina, etc. No es necesaria una licencia para renovar la casa, siempre que afecten a una sola vivienda, que el edificio no tenga ningún tipo de protección, y que no afecte a ningún elemento catalogado con protección en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Las fichas de elementos protegidos se pueden consultar aquí.

Obras que necesitan “Comunicación Previa”

Se trata de reformas con la misma descripción que las que no necesitan licencias de tipo urbanístico, en las que además se modifique la distribución de la vivienda de forma parcial o integral, pero siempre que no afecten a la estructura del edificio. Es decir, siempre y cuando se realicen demoliciones en tabiques del interior de la casa.

Obras que necesiten “Procedimiento ordinario abreviado”

Son transformaciones que permiten cambios en la estructura del edificio, tales como: aperturas de huecos en el muro de carga, cambios de pilares, vigas, etc. Siempre necesitan la redacción de un proyecto técnico de reforma de vivienda por parte de un técnico competente.

En este artículo nos vamos a centrar en aquellas que necesitan “Comunicación previa”. La comunicación previa se trata de un documento solicitado por el interesado, en el cual se recogen una serie de datos que describen las actuaciones a realizar en la reforma de nuestra residencia, y que son objeto de licencia de obras. Se compone de los siguientes documentos:

  • Impreso de solicitud de la reforma.
  • Memoria descriptiva de los arreglos que se pretenden realizar.
  • Plano de situación.
  • Planos a escala y acotados de planta, tanto del Estado Actual como del Estado Reformado, los cuales describen con claridad los cambios de distribución a realizar.
  • Presupuesto de ejecución de la obra.
  • Impreso de liquidación de tributos con el justificante de pago por parte de la entidad bancaria.
  • Información complementaria, en función de las actividades realizadas.

Ahora bien, la siguiente pregunta es: ¿Cuánto hay que pagar al Ayuntamiento por reformar una vivienda? La liquidación de tributos corresponde a dos pagos que el interesado tiene que efectuar:

  1. Tasa por prestación de servicios urbanísticos. Es una cantidad fija.
  2. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Corresponde al 4% del presupuesto de ejecución de la obra.

Desde Alto Nivel Reformas, nos ponemos a su disposición para gestionar y tramitar la solicitud de licencia de obras al completo. Preparamos toda la documentación antes descrita, y realizamos los trámites necesarios en el Ayuntamiento, incluso con la entidad bancaria si así lo solicita el cliente. De esta forma, evitamos una gran carga de trabajo a nuestros clientes, al mismo tiempo que agilizamos los trámites administrativos, para poder comenzar la reforma de su hogar lo antes posible.

Si tiene cualquier consulta, no dude en contactar con nosotros y le informaremos de lo que necesite